Directorio telefónico
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R-030702-E
Repartido Nro. 184/03
RESOLUCIONES ADOPTADAS POR EL CONSEJO
DE LA FACULTAD DE MEDICINA EN SESION
EXTRAORDINARIA DEL 2 DE JUlIO DE 2003
En la Sesión presidida por la Decana Ana María Ferrari, asisten los siguientes Consejeros: por el ORDEN DOCENTE: Prof.Dr. Ricardo Roca, Prof.Dr. José M. Hierro, Prof.Dr. Walter Alallón, Prof.Dr. Luis Carriquiry y Prof.Agdo.Dr. Gustavo Brum; por elORDEN DE EGRESADOS: Dres. Washington Bermúdez, Hermann González Yossi y Joaquín Montero; por el ORDEN ESTUDIANTIL: Bres. Juan Pablo Gesuele, Juan P. Soto y Mauricio Della Casa; por las ESCUELAS DE FACULTAD: Prof.Dr. Jorge Torres, Lic. Juan Mila y Part. Marta Ziliani.
- Conceder licencia por la sesión extraordinaria del día de la fecha al Consejero Br. Sebastián Drago y convocar al suplente Br. Juan P. Soto.
- Conceder licencia por la sesión extraordinaria del día de la fecha al Consejero Br. Gastón Daners y convocar al suplente Br. Mauricio Della Casa.
1.- (Exp. 990924 adj. 21903/02)
Aprobar el siguiente "Reglamento de Cursos y Exámenes" (cuyo texto sustituye al del 28/11/90), el cual quedará redactado de la siguiente manera, y remitir a conocimiento del Consejo Directivo Central:
REGLAMENTO DE CURSOS Y EXAMENES
1. Del Ingreso a la Carrera de Medicina
Para ingresar a la carrera de medicina es necesario tener aprobado en forma completa el bachillerato diversificado – orientación biológica – opción medicina, o su equivalente, en caso de reválidas.
2. De la Duración del Año Escolar
La duración del año lectivo será del orden de 40 semanas, con un mínimo de 36 semanas a partir de la apertura. El internado obligatorio durará un año.
3. De los Ciclos
Los ciclos podrán constar de un único curso o de unidades aprobables independientemente.
4. De la Asistencia a los Cursos y a las Actividades Obligatorias
4.1 En cada ciclo se determinará – previo a su inicio – cuáles son las actividades curriculares que tendrán carácter obligatorio.
4.2 En aquellas actividades escolares en las que corresponda controlar asistencia la misma se efectuará según normas y procedimientos que fije la coordinación del ciclo.
4.3 El número de incumplimientos no podrá exceder el 10% de las actividades curriculares obligatorias. Cuando el incumplimiento tenga causas justificadas, sin superar el 20% del total de las obligaciones, será factible su compensación – a implementar por la respectiva coordinación – a los efectos de ganar el curso.
4.4 En todos los casos el control de las actividades escolares será responsabilidad de los docentes.
4.5Para ganar un curso es condición necesaria el cumplimiento del artículo 4.3.
5. De la Validez del Curso Ganado
5.1 El curso habilita al estudiante a rendir el examen final en todas las oportunidades comprendidas en un plazo no mayor de 5 años calendario a partir de su finalización. Al finalizar este plazo caduca la validez del curso ganado.
5.2 Durante la validez del curso ganado existirán instancias de consulta previo a cada período de examen. Dichas instancias serán determinadas por las respectivas coordinaciones.
5.3 No podrán recursar aquellos estudiantes que hayan ganado un curso cuya validez aún se encuentre vigente.
6. De la Aprobación de los Ciclos
6.1 Para aprobar un ciclo constituido por unidades temáticas integradas es necesario haberlas aprobado en su totalidad.
6.2 Para cursar las unidades temáticas integradas del 2º año de la carrera (ESFUNO) es necesario la aprobación previa de la primera unidad del ciclo. Para cursar las unidades temáticas integradas del 3er. año de la carrera (ESFUNO) es necesario haber ganado previamente los cursos del 2º año en su totalidad. La secuencia en que deben ser cursadas las unidades temáticas será establecida por la Comisión Coordinadora del Ciclo.
6.3 Para cursar el ciclo Clínico Patológico III es necesario haber aprobado íntegramente el CICLIPA Médico Quirúrgico.
7. Del Pasaje de Ciclo
Para pasar de un ciclo al siguiente es necesario haberlo aprobado en su totalidad. Hace excepción a esta regla el pasaje del CEFA al CIMI.
8. De los Períodos de Examen: Disposiciones Generales
Cuando la aprobación de un examen tenga carácter habilitante, todo estudiante dispondrá para rendirlo de dos períodos previo al curso siguiente.
9. De las Situaciones de Insuficiencia en el Rendimiento Escolar
9.1 Las situaciones de rendimiento escolar que estudiará y procesará el Departamento de Educación Médica serán introducidas por:
9.1.1 solicitud personal formulada por el propio estudiante que percibe dificultades en su rendimiento escolar.
9.1.2 los docentes, que habiendo detectado tanto a lo largo de un curso como en ocasión de las pruebas de examen, problemas que inciden en el rendimiento de un estudiante, consideren que su situación debe ser adecuadamente analizada.
9.1.3 la comprobación administrativa de que el número de exámenes reprobados en relación con determinado curso ha alcanzado la cifra de cuatro, lo cual se considera que no tiene carácter accidental sino reconoce algún factor causal determinante.
9.2 El informe del Departamento de Educación Médica, cuando la situación planteada así lo determine, será elevado al Consejo de la Facultad, el cual adoptará la resolución que entienda pertinente en el marco de sus potestades legales.
(12 en 12, unanimidad)
Ana María Ferrari
Decana
Eduardo Terrazo
Secretario
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